EL CONTRATO SOCIAL
EL CONTRATO SOCIAL.
Biografía de Rousseau.
Juan
Jacobo Rousseau (Jean-Jacques Rousseau), filósofo y polímata suizo, nació en
Ginebra, Suiza en 1712, y falleció en Ermenonville, Francia en 1778. Huérfano
de madre desde muy temprana edad, fue criado por su tía materna y por su padre,
un modesto relojero bastante culto, quien tuvo que tuvo que exiliarse por una
acusación infundada, quedando Rousseau bajo el cuidado de sus tíos, donde disfrutó
de una educación que él consideraría ideal, leyendo a Bossuet, Fontenelle, La
Bruyère, Moliere y Plutarco. Junto con su primo, Rousseau fue enviado como
pupilo a la casa del calvinista Lambercier durante dos años (1722-1724). A su
regreso en 1725, trabajó como aprendiz de relojero y, posteriormente, sin haber
recibido educación, trabajó como aprendiz con un notario y luego con un
grabador, quien lo sometió a un trato tan brutal que acabó por abandonar
Ginebra en 1728.
Tras
estar peregrinando un tiempo y desempeñando los oficios más dispares, al borde
de entrar en la marginalidad, abjuró del calvinismo y abrazó el catolicismo,
del que más tarde también renegó. Acogido bajo la protección de la baronesa de
Warens, de quien más tarde se convierto en su amante, se instaló en la
residencia de ésta en Chambéry e inició un período intenso de estudio
autodidacto. En 1742 Rousseau puso fin a esta etapa y partió hacia París, donde
presentó a la Academia de la Ciencias un nuevo sistema de notación musical
ideado por él, con el que esperaba alcanzar una fama que, sin embargo, tardó en
llegar. Pasó un año (1743-1744) como secretario del embajador francés en
Venecia, pero un enfrentamiento con éste determinó su regreso a París, donde
inició una relación con una sirvienta inculta, Thérèse Levasseur, con quien
acabó por casarse civilmente en 1768 tras haber tenido con ella cinco hijos.
Rousseau
trabó por entonces amistad con los ilustrados, y fue invitado a contribuir con
artículos de música a la Enciclopedia de D'Alembert y Diderot; este último lo
impulsó a presentarse en 1750 al concurso convocado por la Academia de Dijon,
la cual otorgó el primer premio a su Discurso sobre las ciencias y las artes,
que marcó el inicio de su fama. En 1754 visitó de nuevo Ginebra y retornó al
protestantismo para readquirir sus derechos como ciudadano ginebrino. Apareció
entonces su Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres,
escrito también para el concurso convocado en 1755 por la Academia de Dijon.
Rousseau se opuso en esta obra a la concepción ilustrada del progreso,
considerando que los hombres en estado natural son por definición inocentes y
felices, y que son la cultura y la civilización las que imponen la desigualdad
entre ellos (en especial a partir del establecimiento de la propiedad) y
acarrean la infelicidad. En 1756 se instaló en la residencia de su amiga Madame
d'Épinay en Montmorency, donde redactó algunas de sus obras más importantes.
Posteriormente
debido al contenido se su obra, Emilio o De la educación (1762), cuya parte
religiosa le valió la condena inmediata por parte de las autoridades parisinas,
huyo a Neuchâtel, donde surgieron de nuevo conflictos con las autoridades
locales, de modo que, en 1766, aceptó la invitación de David Hume para
refugiarse en Inglaterra, aunque al año siguiente regresó al continente
convencido de que Hume tan sólo pretendía difamarlo. A partir de entonces
Rousseau cambió sin cesar de residencia, acosado por una manía persecutoria que
lo llevó finalmente de regreso a París en 1770, donde transcurrieron los
últimos años de su vida, en los que redactó sus escritos autobiográficos.
En El contrato social (1762), Rousseau
intenta articular la integración de los individuos en la comunidad; las
exigencias de libertad del ciudadano han de verse garantizadas a través de un
contrato social ideal que estipule la entrega total de cada asociado a la
comunidad, de forma que su extrema dependencia respecto de la ciudad lo libere
de aquella que tiene respecto de otros ciudadanos y de su egoísmo particular.
La voluntad general señala el acuerdo de las distintas voluntades particulares,
por lo que en ella se expresa la racionalidad que les es común, de modo que
aquella dependencia se convierte en la auténtica realización de la libertad del
individuo, en cuanto ser racional.
El
contrato Social
El
Contrato Social, también conocido como “Principios de derecho político”, es sin
duda una de las obras más emblemáticas y significativas de Rousseau, compuesto
de cuatro libros, constituye uno de los textos más importantes en la historia
de la teoría política.
Rousseau
dice que “El hombre ha nacido libre”,
y que todos los hombres son iguales por naturaleza, siendo esta libertad individual
el estado originario del hombre, quien se encuentra sujeto a un orden social
basado en convenciones. Se concibe a la familia como un primer modelo de
sociedad política, en la cual el padre es la imagen del jefe, y el pueblo son
los hijos, sin embargo en la familia el cuidado del padre hacia lo hijos es
cuestión de amor, mientras que en un Estado, este amor es sustituido por el
placer del mando. Rousseau afirma que el más fuerte no siempre tendrá la misma
fuerza para mantenerse, por lo que transforma esa fuerza bruta en derecho y la
obediencia en un deber, sin embargo la obediencia por la fuerza no
necesariamente es un deber ni un derecho, de modo que solo se está obligado a
obedecer a un poder legítimo. De igual modo concibe a la esclavitud como algo inhumano,
de modo que el derecho de los demás sobre una persona es nulo, pues todos los
hombres nacen libres, y el renunciar a la libertad es como renunciar a la
cualidad de seres humanos, de modo que no es posible renunciar a la libertad ya
que no se puede dejar de ser hombre, de modo que aun la esclavitud es solo una
convención, una pacto que subsiste hasta que los sujetos del mismo lo permiten,
pues la esclavitud además de ser nula, es ilegítima y absurda por si
misma. Rousseau prevé que no es lo mismo
someter a una multitud que regir una sociedad, pues solo en el segundo de estos
casos existe una voluntad colectiva de aceptar el mando, mientras que en el
primero, ese sometimiento solo durara mientras exista una poder o una fuerza
suficiente para mantener oprimida o
contener a la colectividad.
De
ese modo, Rousseau concibe al pacto social como una forma de asociación que
defiende y protege los intereses de una colectividad, así como los bienes de
cada asociado, de toda fuerza común, uniéndose todos se obedecen a si mismos
conservando cada uno su libertad, de
modo que cada individuo pone en común su persona y todo su poder bajo la
suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada miembro como parte
indivisible del todo. Rousseau distingue tres tipos de libertades: la libertad
natural, que es la que se pierde tras el contrato, la libertad civil que está
limitada por la voluntad general y la libertad moral, "que es la única que
convierte al hombre en amo de sí mismo. El pacto social convierte en iguales a
los hombres por convención y derecho. Lo que pierde el hombre por el contrato
social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo lo que intenta y
puede alcanzar; lo que gana en él mismo es la libertad civil y la propiedad de
todo lo que posee.
En
el segundo libro, Rousseau define el concepto de "voluntad general"
como la más importante de las consecuencias del pacto social, de modo que al ejercicio
de esta voluntad lo llama "soberanía", destacando su inalienabilidad
e indivisibilidad, de tal modo que el poder otorgado al soberado puede ser
transmitido, pero la voluntad del pueblo no, y dado que la soberanía no es
enajenable y la voluntad del pueblo debe ser general o de otro modo dejaría de
serlo, entonces la soberanía es indivisible.
Mediante
el pacto social se da vida y existencia al cuerpo político, de modo que la "ley",
no es otra cosa que un acto de la voluntad general, y las condiciones de la
asociación civil, donde el pueblo debe
ser el legislador, concibiendo a la Republica como el estado que es regido por
leyes, de modo que todo gobierno republicano es legítimo. Rousseau formula una
clasificación de las leyes, dividiendo en tres las leyes principales, que son
leyes políticas, leyes civiles y leyes penales, anexando una más, no como ley
natural, si no como parte de lo que se encarga de regir a la sociedad, como lo
son las costumbres y raíces de la misma y que entraña la verdadera constitución
del Estado.
En
el tercer libro, Rousseau trata sobre la colectividad, pues dice de ella que
esta debe aplicar las leyes a los actos particulares, pero estas deben ser
establecidas a través del gobierno. Rousseau rechaza y deja de lado la forma de
gobierno democrática, pues considera que la democracia es imposible, porque el
pueblo jamás puede permanecer unido de manera absoluta, lo cual nos llevaría a
que alguien nos represente y por lo tanto, conlleva a la creación y aristocratización
de una clase política, además de que es imposible prescindir de un trato
igualitario en todo sentido, ya que con la “igualdad” no sobreviviría el
derecho. De este modo la democracia sugiere elevadísimos esfuerzos para que
todos los ciudadanos puedan tomar y ejercer sus decisiones de manera seria. El
Estado democrático tendría que ser “tolerante” con respecto a muchas costumbres
que se quieran imponer ante las leyes que el mismo establezca. De este modo en
algún momento determinado ocurrirá una inestabilidad estatal, la cual ocasione
revoluciones y rebeliones con las cuales el gobierno estaría expuesto a las
guerras civiles y conflictos internos. Rousseau considera que se deben de
eliminar los lujos por ser un factor que corrompe al rico y al pobre, pues uno
desea obtener la posesión de estos lujos, mientras que el pobre siempre las
codiciará, creándose así un aparato de “cuida lo que tienes, porque si no lo
cuidas, me lo llevo yo”, por lo que
Rousseau dice en su obra: “Si hubiera un pueblo de dioses, se gobernaría
democráticamente. Un gobierno tan perfecto no conviene a los hombres”
En
el cuarto libro Rousseau concluye que cuando el Estado, cerca de su ruina, ya
no subsiste más que en una forma ilusoria y vana, cuando se ha roto en todos
los corazones el vínculo social, cuando el más vil interés toma descaradamente
el sagrado nombre de bien público, entonces la voluntad general enmudece;
todos, guiados por motivos secretos, dejan absolutamente de opinar como
ciudadanos, como si el Estado no hubiera existido jamás; y se hacen pasar
falsamente con el nombre de leyes decretos inicuos que no tienen más finalidad
que el interés particular. Ahí es donde empieza a tomar forma la idea que el
individuo colabora con la voluntad general de todos, tras aceptar el pacto
social, incluso cuando estas lo castiguen si transgrede o vulnera alguna. Para Rousseau,
la obligación social del contrato no se funda en la fuerza, ni en alguna
autoridad natural y mucho menos alguna autoridad superior, más bien, deriva del
libre compromiso del individuo, que el mismo se otorga. De esta manera, el
pacto social es legítimo cuando nace de un consentimiento voluntario y sobre
todo unánime.
Lic. en D.
Marcos Fabián Ocampo de la Fuente
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