EL CONTRATO SOCIAL



EL CONTRATO SOCIAL.
Biografía de Rousseau.
Juan Jacobo Rousseau (Jean-Jacques Rousseau), filósofo y polímata suizo, nació en Ginebra, Suiza en 1712, y falleció en Ermenonville, Francia en 1778. Huérfano de madre desde muy temprana edad, fue criado por su tía materna y por su padre, un modesto relojero bastante culto, quien tuvo que tuvo que exiliarse por una acusación infundada, quedando Rousseau bajo el cuidado de sus tíos, donde disfrutó de una educación que él consideraría ideal, leyendo a Bossuet, Fontenelle, La Bruyère, Moliere y Plutarco. Junto con su primo, Rousseau fue enviado como pupilo a la casa del calvinista Lambercier durante dos años (1722-1724). A su regreso en 1725, trabajó como aprendiz de relojero y, posteriormente, sin haber recibido educación, trabajó como aprendiz con un notario y luego con un grabador, quien lo sometió a un trato tan brutal que acabó por abandonar Ginebra en 1728.
Tras estar peregrinando un tiempo y desempeñando los oficios más dispares, al borde de entrar en la marginalidad, abjuró del calvinismo y abrazó el catolicismo, del que más tarde también renegó. Acogido bajo la protección de la baronesa de Warens, de quien más tarde se convierto en su amante, se instaló en la residencia de ésta en Chambéry e inició un período intenso de estudio autodidacto. En 1742 Rousseau puso fin a esta etapa y partió hacia París, donde presentó a la Academia de la Ciencias un nuevo sistema de notación musical ideado por él, con el que esperaba alcanzar una fama que, sin embargo, tardó en llegar. Pasó un año (1743-1744) como secretario del embajador francés en Venecia, pero un enfrentamiento con éste determinó su regreso a París, donde inició una relación con una sirvienta inculta, Thérèse Levasseur, con quien acabó por casarse civilmente en 1768 tras haber tenido con ella cinco hijos.
Rousseau trabó por entonces amistad con los ilustrados, y fue invitado a contribuir con artículos de música a la Enciclopedia de D'Alembert y Diderot; este último lo impulsó a presentarse en 1750 al concurso convocado por la Academia de Dijon, la cual otorgó el primer premio a su Discurso sobre las ciencias y las artes, que marcó el inicio de su fama. En 1754 visitó de nuevo Ginebra y retornó al protestantismo para readquirir sus derechos como ciudadano ginebrino. Apareció entonces su Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres, escrito también para el concurso convocado en 1755 por la Academia de Dijon. Rousseau se opuso en esta obra a la concepción ilustrada del progreso, considerando que los hombres en estado natural son por definición inocentes y felices, y que son la cultura y la civilización las que imponen la desigualdad entre ellos (en especial a partir del establecimiento de la propiedad) y acarrean la infelicidad. En 1756 se instaló en la residencia de su amiga Madame d'Épinay en Montmorency, donde redactó algunas de sus obras más importantes.
Posteriormente debido al contenido se su obra, Emilio o De la educación (1762), cuya parte religiosa le valió la condena inmediata por parte de las autoridades parisinas, huyo a Neuchâtel, donde surgieron de nuevo conflictos con las autoridades locales, de modo que, en 1766, aceptó la invitación de David Hume para refugiarse en Inglaterra, aunque al año siguiente regresó al continente convencido de que Hume tan sólo pretendía difamarlo. A partir de entonces Rousseau cambió sin cesar de residencia, acosado por una manía persecutoria que lo llevó finalmente de regreso a París en 1770, donde transcurrieron los últimos años de su vida, en los que redactó sus escritos autobiográficos.
En El contrato social (1762), Rousseau intenta articular la integración de los individuos en la comunidad; las exigencias de libertad del ciudadano han de verse garantizadas a través de un contrato social ideal que estipule la entrega total de cada asociado a la comunidad, de forma que su extrema dependencia respecto de la ciudad lo libere de aquella que tiene respecto de otros ciudadanos y de su egoísmo particular. La voluntad general señala el acuerdo de las distintas voluntades particulares, por lo que en ella se expresa la racionalidad que les es común, de modo que aquella dependencia se convierte en la auténtica realización de la libertad del individuo, en cuanto ser racional.

El contrato Social

El Contrato Social, también conocido como “Principios de derecho político”, es sin duda una de las obras más emblemáticas y significativas de Rousseau, compuesto de cuatro libros, constituye uno de los textos más importantes en la historia de la teoría política.
Rousseau dice que “El hombre ha nacido libre”, y que todos los hombres son iguales por naturaleza, siendo esta libertad individual el estado originario del hombre, quien se encuentra sujeto a un orden social basado en convenciones. Se concibe a la familia como un primer modelo de sociedad política, en la cual el padre es la imagen del jefe, y el pueblo son los hijos, sin embargo en la familia el cuidado del padre hacia lo hijos es cuestión de amor, mientras que en un Estado, este amor es sustituido por el placer del mando. Rousseau afirma que el más fuerte no siempre tendrá la misma fuerza para mantenerse, por lo que transforma esa fuerza bruta en derecho y la obediencia en un deber, sin embargo la obediencia por la fuerza no necesariamente es un deber ni un derecho, de modo que solo se está obligado a obedecer a un poder legítimo. De igual modo concibe a la esclavitud como algo inhumano, de modo que el derecho de los demás sobre una persona es nulo, pues todos los hombres nacen libres, y el renunciar a la libertad es como renunciar a la cualidad de seres humanos, de modo que no es posible renunciar a la libertad ya que no se puede dejar de ser hombre, de modo que aun la esclavitud es solo una convención, una pacto que subsiste hasta que los sujetos del mismo lo permiten, pues la esclavitud además de ser nula, es ilegítima y absurda por si misma.  Rousseau prevé que no es lo mismo someter a una multitud que regir una sociedad, pues solo en el segundo de estos casos existe una voluntad colectiva de aceptar el mando, mientras que en el primero, ese sometimiento solo durara mientras exista una poder o una fuerza suficiente para mantener oprimida  o contener a la colectividad.
De ese modo, Rousseau concibe al pacto social como una forma de asociación que defiende y protege los intereses de una colectividad, así como los bienes de cada asociado, de toda fuerza común, uniéndose todos se obedecen a si mismos conservando  cada uno su libertad, de modo que cada individuo pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada miembro como parte indivisible del todo. Rousseau distingue tres tipos de libertades: la libertad natural, que es la que se pierde tras el contrato, la libertad civil que está limitada por la voluntad general y la libertad moral, "que es la única que convierte al hombre en amo de sí mismo. El pacto social convierte en iguales a los hombres por convención y derecho. Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo lo que intenta y puede alcanzar; lo que gana en él mismo es la libertad civil y la propiedad de todo lo que posee.
En el segundo libro, Rousseau define el concepto de "voluntad general" como la más importante de las consecuencias del pacto social, de modo que al ejercicio de esta voluntad lo llama "soberanía", destacando su inalienabilidad e indivisibilidad, de tal modo que el poder otorgado al soberado puede ser transmitido, pero la voluntad del pueblo no, y dado que la soberanía no es enajenable y la voluntad del pueblo debe ser general o de otro modo dejaría de serlo, entonces la soberanía es indivisible.
Mediante el pacto social se da vida y existencia al cuerpo político, de modo que la "ley", no es otra cosa que un acto de la voluntad general, y las condiciones de la asociación civil,  donde el pueblo debe ser el legislador, concibiendo a la Republica como el estado que es regido por leyes, de modo que todo gobierno republicano es legítimo. Rousseau formula una clasificación de las leyes, dividiendo en tres las leyes principales, que son leyes políticas, leyes civiles y leyes penales, anexando una más, no como ley natural, si no como parte de lo que se encarga de regir a la sociedad, como lo son las costumbres y raíces de la misma y que entraña la verdadera constitución del Estado.
En el tercer libro, Rousseau trata sobre la colectividad, pues dice de ella que esta debe aplicar las leyes a los actos particulares, pero estas deben ser establecidas a través del gobierno. Rousseau rechaza y deja de lado la forma de gobierno democrática, pues considera que la democracia es imposible, porque el pueblo jamás puede permanecer unido de manera absoluta, lo cual nos llevaría a que alguien nos represente y por lo tanto, conlleva a la creación y aristocratización de una clase política, además de que es imposible prescindir de un trato igualitario en todo sentido, ya que con la “igualdad” no sobreviviría el derecho. De este modo la democracia sugiere elevadísimos esfuerzos para que todos los ciudadanos puedan tomar y ejercer sus decisiones de manera seria. El Estado democrático tendría que ser “tolerante” con respecto a muchas costumbres que se quieran imponer ante las leyes que el mismo establezca. De este modo en algún momento determinado ocurrirá una inestabilidad estatal, la cual ocasione revoluciones y rebeliones con las cuales el gobierno estaría expuesto a las guerras civiles y conflictos internos. Rousseau considera que se deben de eliminar los lujos por ser un factor que corrompe al rico y al pobre, pues uno desea obtener la posesión de estos lujos, mientras que el pobre siempre las codiciará, creándose así un aparato de “cuida lo que tienes, porque si no lo cuidas, me lo llevo yo”, por lo que  Rousseau dice en su obra: “Si hubiera un pueblo de dioses, se gobernaría democráticamente. Un gobierno tan perfecto no conviene a los hombres”
En el cuarto libro Rousseau concluye que cuando el Estado, cerca de su ruina, ya no subsiste más que en una forma ilusoria y vana, cuando se ha roto en todos los corazones el vínculo social, cuando el más vil interés toma descaradamente el sagrado nombre de bien público, entonces la voluntad general enmudece; todos, guiados por motivos secretos, dejan absolutamente de opinar como ciudadanos, como si el Estado no hubiera existido jamás; y se hacen pasar falsamente con el nombre de leyes decretos inicuos que no tienen más finalidad que el interés particular. Ahí es donde empieza a tomar forma la idea que el individuo colabora con la voluntad general de todos, tras aceptar el pacto social, incluso cuando estas lo castiguen si transgrede o vulnera alguna. Para Rousseau, la obligación social del contrato no se funda en la fuerza, ni en alguna autoridad natural y mucho menos alguna autoridad superior, más bien, deriva del libre compromiso del individuo, que el mismo se otorga. De esta manera, el pacto social es legítimo cuando nace de un consentimiento voluntario y sobre todo unánime.
Lic. en D.  Marcos Fabián Ocampo de la Fuente

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